Preguntas más frecuentes sobre la suplantación de la identidad en la contratación de productos y servicios
0.- ¿Qué es la suplantación de identidad?
Es la usurpación de la identidad de una persona, normalmente con fines delictivos o fraudulentos. El suplantador, o usurpador, se hace pasar por otro que desconoce que su identidad está siendo utilizada de forma encubierta y dolosa. También se conoce como “robo de identidad”. La suplantación y robo de identidad están tipificados como delito. El usurpador, con la identidad de la persona a quien suplanta, puede de esta forma adquirir productos, contratar servicios o realizar operaciones bancarias, entre otras muchas actividades fraudulentas, sin que la víctima sea conocedora.
1.- Formas de usurpación
Existen muchas formas con las que conseguir datos personales con fines maliciosos. Una de ellas por la sustracción o pérdida de un documento de identificación personal, o dejarlo en manos de una tercera persona. Desde hace unos años está en auge la sustracción de datos mediante Internet utilizando diversas técnicas cada vez más sofisticadas: a través de los perfiles en las redes sociales, con correos electrónicos o mensajes SMS o de whatsapp que incluyen enlaces a páginas bancarias o establecimientos comerciales aparentemente legales; también pueden conseguir los datos de la víctima mediante ventas por teléfono por parte de falsas empresas que ofrecen productos o servicios muy atractivos pero inexistentes; con la descarga de software informático también se pueden introducir en cualquier tipo de dispositivo. Si bien existen muchas más modalidades de usurpación de la identidad, los Cuerpos de Seguridad y las páginas web especializadas las actualizan continuamente emitiendo alertas y haciendo difusión.
2.- Personas potencialmente afectadas
Todo el mundo está expuesto a la suplantación de identidad. Según los datos de la Oficina Europea de Estadística de 2017, España fue el país de la Unión Europea con mayores víctimas de robo de identidad. Un 7% de usuarios de Internet han sido objeto de robo o abuso de datos personales o información privada. Según las mismas fuentes, en promedio la víctima suele darse después de 4 o 5 meses de haberse cometido el robo de identidad.
3.- Tipo de delito (la suplantación como delito)
La suplantación de identidad es un delito en sí mismo, pero a partir de ese delito se derivan otras acciones dolosas de menos graves a más graves: cometer otro delito, contratar servicios de telefonía o de suministro, obtener una hipoteca o un crédito , realizar compras en establecimientos físicos o por Internet, realizar transferencias bancarias,...la investigación policial o las penas previstas varían en función del tipo de delito cometido y su gravedad.
Delitos derivados o vinculados
Revelación de secretos: Pena de prisión y multa de 12 a 24 meses.
Robo de datos: Pena de prisión de 6 meses a 2 años.
Suplantación de identidad para cometer fraude: Pena de prisión de 6 meses a 3 años de prisión.
Phising: Pena de prisión de 2 meses a 6 años de prisión
4.- Resultado
Es posible que la víctima se encuentre que le están facturando por una línea telefónica o un servicio que no ha contratado o que le hayan realizado transferencias bancarias a números de cuenta desconocidos, entre otros ejemplos. Para las compañías suministradoras la contratación ha sido legítima dado que confían en que quien realizó la contratación es la persona suplantada, es decir, la víctima.
También se puede dar cuenta de que le han estado cargando compras en su cuenta. Éstas serían las operaciones fraudulentas más comunes que llegan a las oficinas de consumo. El suplantador de identidad podrá cometer otros actos fraudulentos o delictivos aparte de los descritos.
Con un documento de identificación personal (NIF, NIE, PASAPORTE,...) extraviado o sustraído la persona maliciosa puede contratar servicios o adquirir productos y puede también actuar en su nombre mediante una falsa autorización escrita aparentemente legal.
5.- Resultados derivados
Como consecuencia de la contratación fraudulenta de un servicio de telefonía, u otros servicios, es posible que se vayan acumulando las facturas impagadas y posteriormente se incluya a la víctima en un “fichero de morosos” que le impedirán, por ejemplo, contratar un crédito.
6.- Acciones por parte de la persona suplantada (la víctima)
Los hechos deben denunciarse a la policía aportando toda la documentación relativa al fraude o al timo y dar traslado a la empresa que presta el servicio, en su caso. Si se trata de compras, en establecimientos físicos o por Internet, comunicarlo al banco, que necesitará la denuncia previa a la policía para anular los cargos. Habría que cancelar tarjetas de crédito o de débito, o la propia cuenta bancaria dependiendo de la gravedad del fraude cometido.
7.- Qué hacer en el caso de suplantación en caso de altas irregulares o fraudulentas en un servicio de telecomunicaciones y suministros de trato continuado (gas, electricidad)
Presentada la denuncia ante la policía, solicitar a la empresa suministradora o de servicios, copia del contrato y/o grabación de voz si el contrato fraudulento se ha realizado telefónicamente.
Solicite la baja del servicio o suministros contratados irregularmente y la cancelación de las facturas existentes.
Sin embargo, debe ejercer su derecho al acceso, rectificación o supresión ante el departamento de la empresa encargado de sus datos personales.
Simultáneamente a la cancelación de los datos personales, pida también si está incorporado en un “fichero de morosidad”, en este caso pida una copia de este fichero, que necesitará posteriormente para impulsar otras acciones y solicitar a la hora que lo excluyan de este archivo. Estas acciones, solicitar la cancelación de los datos y la exclusión del “fichero de morosidad”, las realizará la persona suplantada en cualquier caso en el que la empresa haya prestado un servicio o realizado una venta licita.
Formular denuncia ante la “Agencia Española de Proteción de Datos” (AEPD) mediante su página web (enlace al pie) o en papel.
8.- Reclamación previa
Antes de solicitar una reclamación o denuncia ante los Servicios Públicos de Consumo u otros Organismos de la Administración (Autonómicos, Estatales, o de la Unión Europea) es un requisito imprescindible que usted haya reclamado previamente al establecimiento físico o virtual o ante la empresa de servicios o suministro.
9.- Dónde acudir
Por altas irregulares o fraudulentas de un servicio de telecomunicaciones es necesario presentar denuncia ante la Agencia Estatal de Protección de Datos (enlace externo). En este servicio encontrará otras acciones que le pueden servir de ayuda.
Por devoluciones de importes facturados indebidamente: Oficina de atención al usuario de las telecomunicaciones (enlace externo) o solicitar un arbitraje a la Junta Arbitral de Consumo de Mataró (JAC)
Es conveniente recopilar todo tipo de prueba que puedan sernos útiles: extractos bancarios, facturas, grabaciones de voz de los supuestos contratos, la denuncia a la policía,...
10.- Prevención
Si se produce una pérdida de documentos de identificación personal o tarjetas bancarias, denunciarlo inmediatamente a la policía y anular la tarjeta en el banco. En las redes sociales configurar al máximo la privacidad de los perfiles para que sean totalmente privados (facebook, twitter, instagram, tinder,..); no compartir datos sensibles, establecer contraseñas fuertes y renovarlos habitualmente, sospechar de correos electrónicos y SMS desconocidos o sospechosos, no compartir datos sensibles en Internet. En cuanto a la venta por teléfono (teleoperadores/nada), desconfiar de ofertas atractivas y no dar nunca datos personales, como el número de identificación personal, datos bancarios o domicilio.
11.- Otras situaciones
La suplantación de identidad tiene muchas más consecuencias, en su mayoría delictuales. En este artículo se han destacado aquellas que pueden estar vinculadas con las relaciones de consumo
12.- Formularios y/o direcciones electrónicas a las que acudir
Alta irregular o fraudulenta en un servicio de telecomunicaciones:
Agencia Estatal de Protección de Datos
Devolución de importes facturados indebidamente:
Oficina de atención al usuario de las telecomunicaciones
Competencias de los distintos organismos en materia de telecomunicaciones (facturas, baja del servicio, contratación de servicio, facturas cobradas indebidamente https://www.aepd.es/es/areas-de-actuacion/reclamaciones-de-telecomunicaciones/competencias