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Junta Arbitral de Consumo

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Junta Arbitral de Consumo

La Junta Arbitral de Consumo es el órgano administrativo con el que gestionamos el arbitraje institucional de consumo. Presta servicios de carácter técnico, administrativo y de secretaría, tanto a las partes como a los árbitros.

El arbitraje institucional de consumo es un mecanismo de resolución extrajudicial de conflictos, de carácter vinculante y ejecutivo para ambas partes, de los conflictos surgidos entre los consumidores o usuarios y las empresas o profesionales en relación a los derechos legal o contractualmente reconocidos al consumidor y de acuerdo con sus competencias realiza las funciones siguientes:

  • Recibe y gestiona las reclamaciones en materia de consumo mediante el arbitraje.
  • Fomenta el arbitraje de consumo entre empresas o profesionales, consumidores o usuarios y sus respectivas asociaciones, procurando la adhesión de las empresas o profesionales al Sistema Arbitral de Consumo mediante la realización de ofertas públicas de adhesión.
  • Resuelve sobre las ofertas públicas de adhesión y concede o retira el distintivo de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo, y da publicidad de las empresas o profesionales adheridos al Sistema Arbitral de Consumo mediante ofertas públicas de adhesión a la ciudad de Mataró.
  • Gestiona el archivo arbitral, en el que se deben conservar y custodiar los expedientes arbitrales y el registro de laudes emitidos, el contenido de los cuales, respetando la privacidad de las partes, es público.
  • Pone a disposición de los consumidores o usuarios y de las empresas o profesionales formularios de solicitud de arbitraje, contestación y aceptación, así como de ofertas públicas de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo.

Presta servicios de carácter técnico, administrativo y de secretaría, tanto a las partes como a los árbitros de los colegios arbitrales que deben decidir sobre el fondo de las reclamaciones de las personas consumidoras y las reconvenciones de las empresas.


Si quiere asesoramiento o presentar solicitudes de mediación y arbitraje en materia de consumo se debe dirigir a la Junta Arbitral de Consumo.

Resolución de 23 de julio de 2021, de la Dirección General de Consumo, por la que se publica el Convenio con la Agencia Catalana del Consumo y el Ayuntamiento de Mataró, para la constitución de la Junta Arbitral de Consumo del Ayuntamiento de Mataró

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