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Preguntas frecuentes

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Preguntas frecuentes

Con la entrada en vigor de la nueva Ley estatal de protección de los animales, surgen diversas cuestiones de su afectación al día a día de la tenencia de animales. Seguidamente se presenta un resumen de respuestas a las preguntas más frecuentes de la aplicación de esta nueva normativa y también de las cuestiones más cotidianas cuando tenemos un animal en nuestra família, o de otros animales que conviven en el territorio.

¿Qué significa Tenencia responsable?

La tenencia responsable de animales de compañía consiste en tenerlos debidamente identificados con un microchip implantado por el veterinario y censados en el ayuntamiento del municipio donde viven; llevarlos periódicamente el veterinario; atender sus necesidades higiénico-sanitarias, desparasitarlos y alimentarlos correctamente; permitirles hacer ejercicio a diario; preservar el entorno urbano, recoger sus deposiciones, y no abandonarlos nunca.

Igualmente, es necesario mantenerlos de acuerdo con las normas de la buena convivencia, evitando comportamientos incívicos que puedan resultar molestos para el resto de la ciudadanía.

 

¿Qué obligaciones tengo como poseedor de un animal?

En la Ordenança municipal sobre tinença, protecció i control dels animals:

Podemos encontrar todas las obligaciones, prohibiciones y responsabilidades que tenemos como poseedores de un animal de compañía en los siguientes capítulos:

CAPÍTULO I. LA TENENCIA O POSESIÓN DE ANIMALES en lo referente a las obligaciones básicas, alojamiento, transporte de los animales de compañía, medios de sujeción y medios de circulación y preventivos.

CAPÍTULO II PROHIBICIONES en lo referente a las actuaciones prohibidas y a la cría en domicilios.

CAPÍTULO III. RESPONSABILIDADES DE LA PERSONA DUEÑA Y POSEEDORA referente a la responsabilidad general y responsabilidades en cuanto a la convivencia.

 

¿Es obligatorio censar a mi animal de compañía?

Si, las personas propietarias o poseedoras de un perro, gato o hurón debe inscribir obligatoriamente al animal en el registro censal municipal, dentro del plazo máximo de 3 meses a contar desde la fecha de nacimiento y de 30 días a contar desde de la fecha de adquisición de éste o de cambio de residencia. Cuando se trate de un perro considerado potencialmente peligroso habrá que observar lo establecido en el Título V de la Ordenanza en lo referente a la obtención previa de la licencia administrativa para la tenencia y conducción de animales potencialmente peligrosos.

Alta al censo municipal

Licencia de tenencia y conducción de animales potencialmente peligrosos

Tenencia de perros potencialmente peligrosos

Es requisito indispensable previo a la inscripción en el censo municipal, que el animal haya sido identificado mediante la implantación de un microchip por un veterinario u otro sistema de identificación que pueda establecerse por vía reglamentaria.

La identificación con microchip y el censo municipal son obligatorios en toda Cataluña. Una vez identificado el animal se da de alta en el Registro General de Animales de Compañía de la Generalidad de Cataluña (ANICOM), según el Decreto Legislativo 2/2008, de 15 de abril de protección de los animales en sus artículos 14 y 15.

 

¿Qué importe tiene la Tasa por tenencia de animales de compañía?

Anualmente es necesario pagar 20€ de Tasa por tenencia de animales de compañía.

Están exentos del pago de la tasa los gatos, los hurones, los perros lazarillo.

Los animales adoptados en el Centro Municipal de Atención de Animales Domésticos de Compañía del Ayuntamiento de Mataró (CAAD), y en el del Consejo Comarcal de El Maresme así como los que se adopten en cualquiera de las sociedades protectoras de animales con sede en Mataró, tendrán una exención del pago de la tasa durante los dos primeros años a contar desde el momento de la adopción y de su inscripción en el censo municipal de animales domésticos de Mataró".

La cuota es anual, si bien la gestión de altas y bajas se hará por trimestre.

Ordenanzas Fiscales - Tasa 3.18 por prestación de servicios de sanidad

 

¿Qué hacer en caso de muerte de mi animal, baja por cambio de municipio o residencia o modificación por cambio de propietario?

La persona propietaria de animales domésticos estará obligada a comunicar al Ayuntamiento, la muerte del animal, cesión, cambio de residencia del animal, cambio en el sistema de identificación, así como cualquier otra modificación de los datos que figuren en el censo, en el plazo de 30 días desde que se haya producido.

La sustracción, pérdida o desaparición del animal debe comunicarse al servicio competente de el Ayuntamiento en un plazo máximo de 48h desde que se tenga conocimiento de estos hechos, de forma que quede constancia.

La muerte del animal deberá acreditarse mediante certificado veterinario o de la empresa incineradora. La cesión o cambio de propietario del animal deberá acreditarse mediante el documento de identificación emitido por el Archivo de Identificación de Animales de Compañía.

Modificaciones del censo municipal (bajas y cambio de datos)

 

¿Qué hacer si llevo o tengo en propiedad a un perro potencialmente peligroso?

Si llevas o tienes en propiedad a un perro potencialmente peligroso, sé responsable.

Tienes que saber que:

  • Para tener un perro potencialmente peligroso, además de identificarlo con el chip y censarlo en el Ayuntamiento, tienes la obligación de disponer de la correspondiente licencia para la tenencia y conducción y de un seguro de responsabilidad civil.
  • Para pasear a un perro potencialmente peligroso, a pesar de no tener la propiedad, tienes igualmente la obligación de disponer de la correspondiente licencia para la tenencia y conducción.
  • En las vías públicas, en las partes comunes de los inmuebles colectivos, en los transportes públicos y en los lugares y en los espacios de uso público en general, los perros considerados potencialmente peligrosos deben ir atados con una cadena no escurridora, de 2 metros de longitud máxima, y provistos del correspondiente bozal reglamentario.
  • Se consideran perros de raza potencialmente peligrosa las siguientes razas o en sus cruces: akita inu, terrier starffordshire americano, bullmastiff, doberman, dogo argentino, dogo de Burdeos, fila brasileiro, masti napolita, pit bull terrier, presa canario, rottweiler, staf , tosa inu o japonés y american bully.

Licencia de tenencia y conducción de animales potencialmente peligrosos

Tenencia de perros potencialmente peligrosos

 

¿Qué documentación debo llevar al realizar la solicitud de Licencia por tenencia y conducción de animales potencialmente peligrosos?

  • Solicitud.
  • Cartilla veterinaria del animal, donde consten: sus características, la identificación por microchip, la identificación del propietario y la fecha de la última vacunación.
  • DNI del titular.
  • Certificado o contrato de adopción en caso de tratarse de un animal adoptado en el Centro Municipal o Comarcal de Atención a los Animales de Compañía o en una sociedad protectora de animales.
  • Declaración responsable del solicitante.
  • Fotocopia de la póliza del seguro de responsabilidad civil. La póliza debe cubrir como mínimo 150.253,03€ por siniestro y debe constar el núm. de identificación del perro.
  • Último recibo acreditativo del pago de la póliza que debe estar vigente en el momento de realizar el alta.
  • Certificado de capacidad física y aptitud psicológica.
  • Certificado de Antecedentes Penales (se tramita desde el Ayuntamiento, previa autorización)

 

¿Qué coste tiene la Licencia por tenencia y conducción de animales potencialmente peligrosos?

  • La licencia por tenencia y conducción de animales peligrosos tiene un coste de 65€ y tiene una vigencia de 5 años.
  • La renovación de la licencia por la tenencia y conducción de un animal potencialmente peligroso tiene un coste de 36,25€.
  • La licencia puede ser por un animal o más. Es necesaria una licencia para cada paseador.
  • Están exentas del pago de la tasa las personas que adopten un perro clasificado como potencialmente peligroso en el Centro de Acogida de Animales Domésticos de Mataró, o en Sociedad Protectora de Animales de Mataró. También estarán exentas del pago de la tasa las licencias expedidas a las personas voluntarias que colaboren en el Centro de Acogida de Animales Domésticos de Mataró por conducir perros clasificados como potencialmente peligrosos por dicho Centro o en la Sociedad Protectora de Animales de Mataró.

 

¿Qué coste tiene la Licencia por tenencia y conducción de animales potencialmente peligrosos?

  • Llevar o poseer un perro potencialmente peligroso sin licencia puede acarrear una multa de 2.404,06 € hasta 15.025,30 €
  • No contratar el seguro de responsabilidad civil puede comportar una multa de 3.000,01 € a 9.000 €

 

¿Qué hacer para obtener la tarjeta censal?

Actualmente, el carnet del censo se genera automáticamente de forma telemática (online), una vez presentada toda la documentación y se recibe por correo electrónico y en tu carpeta ciudadana. Se puede llevar a cualquier dispositivo o imprimirlo. Si no puedes imprimirlo, podemos hacerlo desde cualquier oficina de atención al ciudadano.

También se puede obtener la targeta de inscripción al censo municipal telemáticamente.

 

¿Dónde puedo presentar las solicitudes de los trámites referentes a mi animal de compañía?

Puedes presentar las solicitudes de los trámites referentes a tu animal de compañía:

En línea en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Mataró accediendo al catálogo de trámites.

Presencialmente en las Oficinas de Atención y Asistencia a la Ciudadanía. Es necesario pedir cita previa por Internet  o en el Teléfono de Atención Ciudadana 010/ (900 859 009 desde fuera Mataró).

 

¿Qué hacer si encuentro un animal abandonado (perro, gato o hurón)?

Si encuentra un animal perdido o abandonado es necesario llamar a la Policía Local 93 758 23 33.

Disponemos del Centro de Acogida de Animales de Compañia (CAAC), un centro de acogida de animales perdidos o abandonados que actualmente está ubicado en Cal Pilé, en la carretera Nacional II, km 648. Que ofrece el servicio de recogida, acogida y asistencia de los animales de compañía (perros, gatos y hurones) extraviados.

Facilitamos que la persona propietaria recupere a su perro o gato extraviado (plazo de 20 días hábiles, a partir del cual, si no se recoge, se puede considerar abandonado). Si el animal lleva microchip, contactamos con la familia.

 

¿Qué hacer si encuentro un animal herido?

Si te has encontrado un animal herido de fauna autóctona, es necesario llevarlo a algún centro de fauna del Departamento de Medio Ambiente de la Generalitat o a una clínica autorizada para la recogida. En Mataró es el Hospital Veterinario del Maresme del Camino de la Geganta, 113,  tel. 93 799 41 02.

En caso de duda llamar a Agentes Rurales 93 561 70 00.

Centros de fauna salvaje y animales salvajes heridos

Qué hay que hacer si encuentras un animal salvaje herido GENCAT

 

¿Qué hacer si encuentro un animal muerto en la vía pública (perro, gato o hurón)?

-Llamar a Policía Local: 937582333

-Telefono gratuito de atención ciudadana 010

-Oficina de Bienestar y Tenencia Animal (937582679).

El Servicio correspondiente se hará cargo de la recogida:

  1. Si el animal está identificado con microchip se avisará a la persona titular para la recogida de su cadáver. Se facilitará el teléfono de las instalaciones en las que está custodiado el animal. Plazo 3 días, Si no se recoge, el animal será trasladado a la incineradora.
  2. Si el animal no está identificado, será trasladado directamente a la incineradora.

 

¿Qué hacer si mi animal de compañía ha muerto en casa?

Tienes que ponerte en contacto con tu veterinario, para que proceda al tratamiento del cadáver de forma adecuada y expida un certificado de la muerte. Tienes que presentar la solicitud de baja en el censo municipal.

Modificaciones del censo municipal (bajas y cambio de datos)

 

¿Qué son los equipamientos recreativos y espacios de libre circulación?

Para regular las condiciones de circulación de los animales domésticos, hemos creado diferentes espacios pensados para que básicamente los perros puedan correr libremente: los espacios de libre circulación algunos con limitación horaria y otros no.

Los equipamientos recreativos para perros (los llamados correcanes disponen de servicios) son espacios públicos debidamente cerrados y señalizados que disponen de servicios adaptados para los animales y donde los perros pueden ir desatados siempre y cuando no se trate de animales potencialmente peligrosos, ya que éstos deben ir en todo momento atados y con bozal.

 

¿Dónde puedo encontrar espacios recreativos para perros y espacios de libre circulación en Mataró?

Puedes encontrar la información en éste apartado del web:

https://www.mataro.cat/es/temas/bienestar-animal/espais-de-lliure-circulacio?set_language=es

 

¿Cuándo y dónde está prevista la playa de perros?

La apertura del acceso a la playa de perros es a partir del día 1 de junio y hasta el 30 de septiembre (periodo en el que finaliza la restricción de perros en la playa).

Su ubicación está en la playa de Ponent, con el uso del 50% de la misma, en la franja más sur (lado Barcelona).

Tiene una superficie aproximada de 1000 m².

Es un modelo de gestión municipal con control por parte de dos personas informadoras, que de forma aleatoria realizarán tareas de control y seguimiento de lunes a domingo.

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¿Cómo funciona la playa de perros?

Se podrá acceder sin horario restringido. Si bien contará con un servicio de información y gestión puntual en horarios de mayor afluencia de lunes a domingo. Se requiere censo o solicitud de censo en trámite. El acceso es con identificador.

En el control semanal por parte de personal municipal en caso de falta de censo, se hará una identificación provisional hasta comprobación de la siguiente entrada, donde deberá acreditar los trámites correspondientes. En caso de no tener cita previa, para censar hasta después de unos días, se permitirá entrada con identificador provisional hasta el día del trámite.

Una vez comprobado, se da una identificación para colgar en el collar para no tener que realizar comprobación, que se retira en caso de incumplimiento reiterado de la normativa. +información

+información

 

¿Cómo conseguir el identificador para acceder a la playa de perros?

En la misma playa: el personal municipal facilitará identificadores en horarios puntuales semanales de intervención.

En otros espacios

  • Perros de Mataró: con el alta en el censo. Trámite en cualquier Oficina de atención a la ciudadanía
  • Perros de fuera de Mataró: en la Oficina de Turismo del Centro Cívico Cabot y Barba (Pl. Miquel Biada, 5) a partir del 4 de julio hasta el 31 de Agosto de lunes a sábado de 9 a 19h, y domingos de 9 a 14h.

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¿Qué servicios encontraré en la playa de perros?

  • Cuenta con un espacio físicamente separado del resto de la playa: Perimetrada en la arena y con balizamiento de separación en el agua para garantizar la separación del resto de playa por bañistas sin perros.
  • Contará con servicio de limpieza y controles de salubridad de agua y arena.
  • El servicio de limpieza es manual a diario, y 2 veces a la semana con máquina para filtrar elementos peligrosos, incorporando un imán para los anzuelos.
  • Diariamente revisamos la playa para evitar elementos peligrosos (anzuelos, elementos tóxicos...)
  • Tiene una ducha para personas y una para perros en el perímetro y papeleras.
  • Cartelería específica con la información y normativa al alcance.
  • Servicio de vigilancia y socorrismo según temporada.
  • Aforo limitado recomendado de 120 personas para toda la playa / 60 personas para cada tramo. 40 perros aproximadamente.

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¿Los perros potencialmente peligrosos pueden acceder a la playa sin bozal ni correa?

No. Los perros potencialmente peligrosos deben llevar siempre el bozal reglamentario e ir atados con una correa no extensible de longitud no superior a dos metros.

 

¿Puedo llevar más de un perro potencialmente peligroso a la playa?

No. Sólo se puede llevar a un perro por persona.

 

¿Qué son las colonias de gatos ferales?

Una colonia controlada de gatos urbanos es un grupo de gatos esterilizados que conviven en un espacio público.

Para controlar la población, las entidades colaboradoras y el Ayuntamiento de Mataró aplicamos el método CER (captura-esterilización-retorno).

La finalidad de las colonias de gatos es tenerlos controlados en un punto concreto. Por eso, es muy importante que nadie los alimente fuera de las zonas controladas.

Los gatos controlados llevan una marca en la oreja, y no se pueden coger ni tocar.

El Ajuntament de Mataró es el organismo responsable de gestionar posibles incidencias.

Las colonias son gestionadas por el Ayuntamiento de Mataró, con la colaboración de entidades protectoras de animales y el apoyo de personas voluntarias autorizadas: alimentadoras y cuidadoras.

Díptico Colonias de Gatos urbanos

Decreto Protocolo de Control de les Colonias de Gatos

Protocolo de Control de las Colonias de Gatos

 

¿Quién es persona alimentadora autorizada?

Es necesario formar parte de una entidad autorizada para el control de colonias de gatos y es necesario realizar una sesión formativa organizada por la Oficina de Bienestar y Tenencia Animal.

Únicamente se les puede alimentar con pienso seco y es necesario retirar la comida que no se coman para evitar plagas.

Está prohibido dejar comida en puntos no autorizados, no se pueden generar nuevas colonias. Tampoco puede dejarse comer en zonas sensibles, como centros educativos, deportivos, áreas de juego infantil, zonas de restauración, etc.

Díptico Colonias de Gatos urbanos

Decreto Protocolo de Control de las Colonias de Gatos

Protocolo de Control de las Colonias de Gatos

 

¿Y si no soy persona alimentadora autorizada?

Si ves una colonia de gatos, no los alimentes, ya existen personas autorizadas para hacerlo.

Si eres propietario de una finca o vivienda y alimentas y cuidas de los animales, también serás el propietario y responsable.

Los gatos que tienen una marca en la oreja, se encuentran esterilizados y controlados. Está prohibido coger a los gatos de las colonias, no son gatos acostumbrados a la vida doméstica.

Un gato doméstico no puede vivir en la calle, no le abandones, hacerlo le genera sufrimiento.

Los gatos son una especie territorial, y es necesario garantizar que los animales puedan vivir en su entorno, manteniéndolos en su hábitat. Pese a que una colonia cambie de sitio, cuando hay un vacío territorial, otros individuos la ocuparán.

No se puede fomentar la aparición de colonias, especialmente en lugares sensibles como entornos escolares, áreas de juego infantil, zonas de restauración, espacios en los que convivan especies protegidas.

Díptico Colònies de Gatos urbanos

Decreto Protocolo de Control de las Colonias de Gatos

Protocolo de Control de las Colonias de Gatos

 

¿Qué hacer ante un caso de falta de bienestar animal?

Es necesario que presente la denuncia a través de los canales oficiales que dispone el Ayuntamiento de acuerdo con lo que establece la normativa vigente: Llamando al Teléfono de Atención Ciudadana 010 / (900 859 009 desde fuera Mataró)

o

Por internet a el Buzón de consultas, sugerencias y quejas: Presentar una consulta, sugerencia, queja o incidencia

El anonimato está salvaguardado dado que la persona denunciada nunca se informa de la persona que presenta una denuncia.

 

¿Qué hacer ante un caso de molestias (ladridos) de un animal de compañía?

Es necesario que en el momento que se estén ocasionando los hechos, contactar con Policía Local para que procedan a levantar acta de los hechos 93 758 23 33, lo que nos permitirá actuar más cuidadosamente.

 

¿Qué hacer en el caso de sufrir un mordisco?

Llamar, cuando se produzca el mordisco, a Policía Local (tel, 93 758 23 33) para que los agentes que se comisionen en el lugar de los hechos levanten Acta.

Los agentes le explicarán el protocolo a seguir en estos casos.

 

Si tu pregunta no aparece en este apartado, no dudes en ponerte en contacto con la Oficina de Bienestar y Tenencia Animal y te responderemos lo antes posible.

 

93 758 26 79 jueves de 10 a 14 h. Fuera de este horario puede llamar al 010

@ benestaranimal@ajmataro.cat

 

Teléfono de Atención Ciudadana 010 gratuito

900 859 009 desde fuera de Mataró

 

XatBot per Telegram http://www.mataro.cat/short/3x

 

XatBot per WhatsApp  http://www.mataro.cat/short/3y

¿Cuándo entra en vigor la nueva ley?

La entrada en vigor de la ley, es a los 6 meses de su publicación en el BOE ( 29 de marzo de 2023) , es decir, el 29 de septiembre de 2023. Mientras tanto la ley que está en vigor es el actual Decreto Legislativo 2/2008 de 15 de abril.

Según las disposiciones transitorias de la ley:

- Plazo de 6 meses desde la entrada en vigor de la ley para informar de la tenencia de animales de compañía como: artrópodos, peces y anfibios cuyo mordisco o veneno suponga un riesgo grave para la salud e integridad de animales y personas; reptiles venenosos o de peso superior a los 2 Kg; primates y mamíferos silvestres que superen los 5 Kg.

- Validez de 6 meses desde la entrada en vigor de la ley por titulares de circos, carruseles y atracciones de feria que utilicen animales silvestres para modificar su actividad.

- Plazo de 12 meses desde la entrada en vigor de la ley por tiendas donde se comercialicen perros, gatos y hurones para finalizar la actividad de venta.

- Plazo de 24 meses desde la entrada en vigor de la ley para aprobar el reglamento que desarrolle el listado positivo de animales silvestres que pueden ser objeto de tenencia como animal de compañía.

- Plazo de 12 meses desde la entrada en vigor del reglamento para publicar el listado de especies de animales mamíferos silvestres incluidas en el listado positivo de animales de compañía.

- Plazo de 30 meses desde la entrada en vigor del reglamento para publicar el listado de especies de otros grupos de animales silvestres (aves, reptiles, anfibios, peces e invertebrados) incluidas en el listado positivo de animales de compañía.

 

¿Qué es el Sistema Central de Registros para la Protección Animal?

Este sistema estará integrado por el Registro de Entidades de Protección Animal, el Registro de Profesionales de Comportamiento Animal, el Registro de Animales de Compañía, el Registro de Núcleos Zoológicos de Animales de Compañía y el Registro de Criadores de Animales de Compañía.

La inscripción de todos los animales de compañía se realizará en el Registro de Animales de Compañía de cada comunidad autónoma y éstas trasladarán la información al Sistema Central de Registros para la Protección Animal.

 

¿Cuáles serán las entidades de protección animal con la nueva ley?

- Entidades de protección tipo RAC: son las que realizan actividades de rescate, rehabilitación y búsqueda de adopción de animales de compañía en situación de abandono, maltrato, desamparo u otras situaciones.

- Entidades de protección tipo RAD: son las que se dedican al rescate y rehabilitación de aquellos animales que aún siendo de producción no se destinen a un fin comercial o con ánimo de lucro.

- Entidades de protección tipo RAS: son las que se dedican al rescate y rehabilitación de animales silvestres procedentes de cautiverio.

- Entidades de protección tipo GCOF: son las entidades colaboradoras en gestión de colonias felinas de gatos comunitarios.

- Entidades de protección tipo DEF: son las entidades dedicadas a la concienciación, promoción de la adopción y defensa jurídica de los animales.

 

¿Quién debe hacerse cargo de la recogida de animales abandonados?

La futura regulación estatal se asimila a la ley catalana, en la que la recogida de animales extraviados y abandonados y su alojamiento es competencia de los ayuntamientos. Para ello tendrán que contar con un servicio de urgencia para la recogida y atención veterinaria, disponibles las 24 horas del día. Podrá ser un servicio propio, mancomunado o concertado.

 

¿A qué animales afecta la ley?

Esta ley afecta a todos los animales que conviven con nosotros en nuestras casas y a todos los animales de especies silvestres que están bajo el cuidado humano.

 

¿Qué animales de compañía podrán tenerse?

Aunque todavía no se ha publicado la lista positiva de animales que se podrán tener, cobayas, hámsters, agapornis, periquitos y conejos se podrán continuar teniendo.

La nueva ley marca que sólo se podrán tener las especies de animales incluidas en el listado positivo de animales de compañía: (ver siguientes apartados para mas información)

  • Perros, gatos y hurones (de momento son los únicos animales de compañía a registrar, excepto las aves que hay que comunicar a la Generalitat de Catalunya).
  • Animales domésticos incluidos en el Listado de Animales Domésticos de Compañía.
  • Animales de especies silvestres que se incluyan en el listado. Compuesto por el listado positivo de mamíferos, el de aves, el de reptiles, el de anfibios, el de peces y el de invertebrados.
  • Animales de producción, que sean especies no silvestres y perdiendo su finalidad productiva se inscriban como animales de compañía por decisión de su titular.
  • Las aves de cetrería y los animales de acuariofilia no incluidos en el catálogo de especies exóticas invasoras ni de especies silvestres protegidas.

 

¿Cuáles son las obligaciones esenciales que deben cumplir las personas con respecto a su animal de compañía?

  • Identificarlos, con microxip en el caso de perros, gatos y hurones y con anillado en el caso de las aves.
  • Prestar al animal los cuidados necesarios para garantizar su salud
  • Recurrir a un profesional del comportamiento cuando nuestro animal de compañia presente problemas de convivencia, sobretodo en perros. Es obligatorio hacerlo con métodos que no provoquen sufrimiento o maltrato animal, ni les causen estados de ansiedad o miedo.
  • Evitar la reproducción incontrolada.
  • Superar un curso de formación en tenencia responsable, gratuito, para conocer la responsabilidad de tener un animal de compañía. Esta obligación se aplicará inicialmente solo a los titulares de perros (pendiente de publicación por parte del Estado por lo tanto no esta activo).
  • En el caso de tenencia de perros, es obligatorio suscribir un seguro de responsabilidad civil.

 

¿Cómo se va a crear el listado positivo de animales domésticos?

Será un listado positivo abierto, de ámbito estatal y que se mantendrá actualizado y público de forma permanente (por el momento, únicamente perros, gatos y urones).

Se aprobará a través de un Real Decreto que deberá aprobar el gobierno español.

 

¿Qué pasará con los animales distintos a perros, gatos y hurones que ya se posean antes de la entrada en vigor de la ley?

Si no están incluidos dentro de las especies en las que su tenencia está prohibida, se regirán por las disposiciones relativas a los animales de compañía contenidas en la ley hasta la aprobación del listado positivo de animales de compañía y del listado de animales domésticos de compañía.

Una vez aprobado el listado, si la especie no está incluida, podrá autorizarse su tenencia como animal de compañía siempre y cuando se pueda demostrar que su adquisición o tenencia son anteriores a la aprobación del listado positivo de animales de compañía y que las condiciones de tenencia se consideren adecuadas.

En estos casos, se solicitará la excepción a la autoridad competente en un plazo máximo de 6 meses desde la aprobación del listado que les afecte. Si la excepción no se autoriza, la autoridad determinará las condiciones y el destino que en ningún caso será el sacrificio.

 

¿Qué animales no se podrán tener y qué hacer en caso de ser poseedor en el momento en que entre en vigor la ley?

Queda prohibida la tenencia como animales de compañía los que cumplan alguno de los siguientes criterios:

  • Artrópodos, peces y anfibios cuyo mordisco o veneno pueda suponer un riesgo grave por la integridad física o la salud de personas o animales.
  • Reptiles venenosos y todas las especies de reptiles que en estado adulto superen los 2 kg, excepto los quelonios (tortugas).
  • Todos los primates.
  • Mamíferos silvestres que en estado adulto superen los 5 kg.
  • Los incluidos en el catálogo español de especies exóticas invasoras (RD 630/2013, de 2 de agosto).
  • Especies incluidas en otra normativa sectorial a nivel estatal o comunitario que impida su tenencia en cautividad.

Las personas que tengan animales que cumplan alguno de estos criterios, tendrán la obligación de comunicarlo a las autoridades competentes en el plazo de 6 meses a partir de la entrada en vigor de la ley.

 

¿Cómo se identificarán los animales de compañía?

- Los perros, gatos y hurones deben identificarse con microchip.

- Las aves deben identificarse desde su nacimiento con anillas.

-Todos los animales se registrarán en el Registro de animales de compañía de cada comunidad autónoma.

 

¿Qué perros se consideran potencialmente peligrosos (ppp)?

Sigue vigente la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos. Por tanto, hasta que no se derogue esta ley se consideran perros ppp las razas incluidas hasta ahora y  continua vigente todo lo que esta ley recoge sobre manejo, licencias y medidas de seguridad.

 

¿Es obligatorio hacer un curso de formación si tengo un animal de compañía?

La persona titular de un animal de compañía, tanto las nuevas personas propietarias como las antiguas, tendrán que acreditar la realización de un curso en tenencia responsable reglamentada para cada especie. Este curso será gratuito y tendrá una validez indefinida. Su contenido se determinará reglamentariamente (aun pendiente de publicación por parte del Estado).

 

¿Es obligatorio contratar un seguro de responsabilidad civil si tengo un perro?

Afecta a todos los perros, de cualquier peso o raza. Se trata de un seguro de responsabilidad civil para cubrir posibles daños que el animal pueda causar a terceros o incluso al dueño del perro. Es muy probable que el seguro del hogar ya incluya este aspecto, pero es necesario llamar a la compañía y dar los datos del perro para incluirlo.

Este seguro no será obligatorio todavía. Habrá que esperar a la aprobación de un reglamento por parte del Gobierno. Cuando sea obligatorio, el no cumplimiento de ese requisito puede suponer una multa leve, entre 500 y 10.000 euros.

 

¿Qué animales quedan excluidos del ámbito de aplicación de la nueva ley?

Quedan excluidos los animales empleados en espectáculos taurinos, los animales de producción, los animales empleados en experimentación y otros fines científicos, docencia e investigación clínica veterinaria, los animales silvestres libres, las aves de cetrería, los perros pastores y guardia de rebaño, los perros de rescate, animales de compañía empleados en intervenciones asistidas, animales de las Fuerzas, Cuerpos de Seguridad y Fuerzas Armadas y perros de caza, dulas y animales auxiliares de caza.

 

¿Qué ocurre si soy propietario de una especie distinta a perro, gato o hurón?

Hasta que no salgan las listas positivas correspondientes, sigue aplicándose la normativa vigente de animales de compañía.

Las personas que tengan un animal prohibido, tendrán que comunicar su posesión en el plazo de 6 meses. Si no puede demostrarse su adquisición y tenencia anterior a la aprobación de la lista y que las condiciones de tenencia son las adecuadas, las autoridades competentes adoptarán medidas para intervenir y poner a disposición de centros de protección de animales silvestres, zoológicos o de protección animal.

 

¿Qué animales podrán venderse en las tiendas de animales?

Sólo se podrán vender animales silvestres que estén en la lista positiva. Mientras el comité científico no saque las listas positivas se podrán vender los animales que se consideren de compañía hasta ahora, excepto perros, gatos y hurones.

 

¿En qué sitios se podrá hacer venta de perros?

Se podrán vender perros desde un criador registrado sin la intervención de intermediarios, siempre que los animales tengan más de 2 meses de edad.

Si el animal viene del extranjero también debe provenir de un criador registrado y debe tener al menos 4 meses de edad.

 

¿Cuál debe ser la gestión de las colonias de gatos por parte de las Administraciones locales?

Corresponde a las entidades locales la gestión de los gatos comunitarios, que deberán desarrollar Programas de Gestión de Colonias Felinas. Estos programas deberán incluir planes de control poblacional de los gatos comunitarios, siguiendo los siguientes criterios:

  • Censo de los gatos y situación en el mapa del término municipal.
  • Programas de esterilización de los gatos y el marcado auricular.
  • Programa sanitario de la colonia que debe incluir como mínimo la desparasitación, la vacunación y la identificación obligatoria con microchip con responsabilidad municipal.
  • Protocolos de gestión de conflictos vecinales.

 

A nivel de la administración autonómica, ¿cómo debe ser la gestión de colonias de gatos?

Establecer protocolos marco con procedimientos y requisitos mínimos que sirvan de referencia para su gestión a nivel de los municipios. Éstos deben desarrollar los siguientes aspectos:

 

  • Métodos de captura respetuosos con la naturaleza de los gatos comunitarios y con las directrices de bienestar animal.
  • Criterios de registro de colonias y de sus individuos.
  • Criterios de alimentación, limpieza, atención mínima y cuidados sanitarios.
  • Criterios de esterilización eficientes ejecutados por profesionales veterinarios.
  • Instalación de refugios, tolvas y cualquier elemento necesario para garantizar la calidad de vida de los gatos de las colonias.
  • Formación y acreditación de las personas cuidadoras de las colonias y de los distintos trabajadores públicos, implicados en la gestión de la colonia.
  • Formación de los miembros de la policía local en gestión de colonias felinas.
  • Protocolos de actuación en situaciones especiales que incluyan el retorno posterior de los gatos comunitarios a su espacio natural.
  • Protocolos de actuaciones sobre rescate y ayuda en casos de emergencia, como inclemencias climatológicas o desastres naturales.
  • Criterios para la definición de procedimientos de gestión de colonias felinas para evitar los efectos de sus individuos sobre la biodiversidad de sus alrededores.

 

¿Deben identificarse con microchip los gatos de las colonias ferales con efectos retroactivos?

No hace falta hacerlo. Se aprovechará cuando se tenga que capturar al animal por otro motivo y entonces se procederá a identificarlos con microchip.

 

¿Qué nuevas obligaciones  tengo como propietario de un gato con la nueva ley?

Se deben identificar a los gatos con microchip y proceder a esterilizarlos quirúrgicamente antes de los 6 meses de edad.

 

¿Podrán acceder los animales a los transportes (taxi, autobús...) y equipamientos públicos?

El acceso de los animales al transporte público será discrecional. Lo decidirá cada administración. En caso de prohibirse la entrada se deberá indicar mediante un rótulo informativo, sino se da por entendido que pueden acceder.

 

En caso de cambio de propietario, y éste se encuentre inhabilitado para la tenencia de animales, cómo se puede comprobar?

Cuando se desarrollen los registros, estos estarán conectados entre sí de forma que el propio sistema avisará si no se puede efectuar un registro por inhabilitación del propietario. También habrá una declaración responsable de la persona que desea adquirir un animal mientras esto no esté activo.

 

¿Quién se encargará de comprobar si el propietario está inhabilitado para la tenencia de animales?

El veterinario será el encargado de comprobarlo.

 

¿Cuándo se considerará un animal abandonado?

Se considerará animales abandonado todo aquél que vaga sin el acompañamiento o supervisión de ninguna persona no habiendo sido comunicada o denunciada su desaparición en el plazo máximo de 48 horas o que sea abandonado en un recinto o finca sin ser atendidas sus necesidades básicas por la persona titular o responsable o que no fuese recogido en el plazo establecido del centro de recogida.

 

¿Qué documentación es necesaria para dar de baja del registro de animales de compañía un animal por muerte?

Es necesario presentar un documento que acredite que el animal ha sido incinerado o enterrado por una empresa oficialmente reconocida. Haciendo constar el número de identificación del animal y el nombre y apellidos de su responsable o en su defecto la empresa que se ocupó del cadáver.

Si no se puede recuperar el cadáver, deberá documentarse adecuadamente.

 

¿Se modulará el rango de importe de las sanciones graves y muy graves, que con la nueva ley son muy elevadas?

El régimen sancionador dependerá de la comunidad autónoma que es la que deberá adaptar la nueva ley y modular las sanciones como considere necesario.

 

¿Está prohibido alimentar a los animales de compañía con despojos o cadáveres que no han superado los controles sanitarios?

Sí, está prohibido para prevenir zoonosis y epizootias que podrían causar enfermedad a sus propietarios.

 

¿Puedo mantener al perro o gato en la terraza, azotea o patio?

Pueden estar pero no de manera permanent, deben tener cobijo, agua y alimento y el caso de los perros no pueden estar mas de 12h solos.

 

¿Puede el titular del animal de compañia criar de forma puntual?

Si, però el titular deberá registrarse en el Registro de Criadores y el animal de compañia se deberá inscribir como reproductor en el Registro de Animales de Compañia.

 

¿Qué se entiende por sacrifico 0?

La ley prohibe el sacrificio de los animales de compañia en los centros de protección animal y no podrán ser sacrificados por falta de espacio o por motivo económicos. Si se permite la eutanasia de los animales de compañia, realizada por un veterinario y bajo su criterio, en los casos en los que el bienestar del animal esté comprometido.

 

¿Se podrán comprar animales de compañia por internet?

No, solo en criadores registrados o en tiendas especializadas y debidamente autorizadas. La ley quiere evitar el tráfico ilegal y garantizar el bienestar y  seguridad de los animales.

 

¿Puedo dejar atado a mi perro en la puerta de un establecimiento?

No, no se permite dejar atados a los animales de compañía en la puerta de los establecimientos.